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Derecho

A lo largo de la historia existen varias definiciones sobre El Derecho y todo lo que este implica, sin embargo, hasta la actualidad no se ha llegado a un consenso.

Este es el resultado de que las normativas jurídicas se establecen en momentos históricos diferentes y por órganos del Estado diferentes, incluso en ocasiones no hay un sistema de normas pre elaborados, sencillamente se aplican de acuerdo a necesidades del momento.

En consecuencia, las relaciones sociales se regulan de una forma en un lugar y de otra en otros lugares y como resultado lo que es permitido en un momento es prohibido en otro y viceversa.

¿Qué es derecho?

Teniendo en cuenta esto podemos decir que, de forma general, la definición de Derecho es el conjunto de normas u ordenamiento jurídico que regula las diferentes relaciones de la sociedad en un país y responde a la voluntad o intereses de un Estado.

Por consiguiente, el derecho es un conjunto de normas de conductas, ordenadas jerárquicamente que nos impone la obligatoriedad de cumplirlas, que implica el hacer o no hacer determinada acción.

De esta manera se establece lo que está prohibido, lo permitido y de lo contrario o en caso de incumplimiento o inobservancia, las personas son sancionadas.

Por esta razón son de obligatorio cumplimiento estas normas, que a su vez rigen todas las relaciones de los seres humanos y entre estos.

Es así que el derecho rige toda la conducta humana y las normas que lo componen son las que darán solución justa o injusta a todos los conflictos que pudieran existir en la sociedad.

La palabra Derecho etimológicamente proviene del vocablo latín directum, que significa, derecho, recto, rígido o colocado en líneas rectas, o lo que no se desvía ni a un lado ni a otro.

En el latín clásico y el empleado por los romanos fue el término ius, del que se derivaron palabras como justo y justicia.

Historia del derecho

El hombre se desarrolla dentro de esa sociedad y es por su convivencia que deben de ser establecidas la normas que guíen su comportamiento dentro de ella, con un grupo coercitivo o de poder que asegure el cumplimiento de las mismas.

De igual manera, pudiera ser que en determinados casos pareciera que no hay solución legal y es que en ese sentido el derecho ha dejado un margen de libertad, y es aquí donde únicamente se puede actuar libremente, porque lo que no está prohibido es porque está jurídicamente permitido.

Es así que el derecho no es estático y con el pasar del tiempo se va perfeccionando lento e ininterrumpidamente.

Ha cambiado y se desarrolla constantemente de acuerdo al desarrollo de la sociedad.

Ya estableciendo su significado, es importante conocer que el Derecho tiene sus orígenes muy remotos, tanto, que pudiera decirse que casi a la par del momento en que surgieron las primeras relaciones humanas.

De tal manera que, el hombre venía ejerciendo sus derechos o cumpliendo normas, pero de forma consuetudinaria, o sea, como costumbre.

Este derecho consuetudinario, no se establecía como tal o por escrito, porque conscientemente y con sentido común, las personas conocían que cosas se podían hacer y cuáles no.

De esta forma las primeras civilizaciones ya desarrollaban un código de conducta, como es el caso de Mesopotamia, Fenicia, Palestina, Egipto y Grecia, que fueron las que practicaron este tipo de derecho.

En tanto que practicaba religiones, tradiciones y costumbres, cumpliendo con reglas y normas, sin poder distinguir que ya existía un derecho.

De esta forma y en la medida en que la sociedad fue avanzando, es que surgen las primeras leyes escritas y los procedimientos, dando paso a las normas jurídicas que conocemos hoy.

Por otro lado, el Imperio Romano fue el primero en esforzarse por lograr establecer todas sus conductas, incluyendo aquellas que realizaban cotidianamente.

Un ejemplo de ello, fueron relaciones como el matrimonio, la adopción, la patria potestad, los contratos y los derechos reales, donde hasta la actualidad no existe civilización que los haya superado.

En consecuencia, gran parte del derecho aplicado actualmente en el mundo tiene sus orígenes en las leyes romanas.

A pesar de esto cabe hablar del derecho que conocemos actualmente a partir de la Edad Moderna, con el surgimiento del Estado, porque el derecho en esencia es estatal y es en esta época que queda instituido el Estado, dando origen a las Ciencias Jurídicas como tal.

Así el derecho es en parte derecho objetivo y derecho subjetivo:

El derecho objetivo es el conjunto de las normas que establecen la conducta del hombre en la sociedad, con sus derechos, deberes o facultades y sus relaciones con los que lo rodean.

El derecho subjetivo es el poder de una persona para llevar a cabo el cumplimiento de la norma o abstenerse de hacerlo, frente a otro u otros sujetos y exigirle a la contraparte que lo haga.

Por tanto, el derecho es una ciencia que forma parte de las ciencias sociales y se encarga del estudio de las normas jurídicas que regulan las relaciones y conductas de los hombres en la sociedad. En cada país los estudiantes del derecho tendrán una visión de su realidad jurídica.

Características del derecho

En contraste con lo anterior y para comprender mejor el significado y alcance del derecho, es necesario saber que se caracteriza fundamentalmente por:

  • La Normatividad, porque el derecho es el conjunto de normas en sí, constituido por ellas y dentro de las reglas obligatorias de conducta.
  • La bilateralidad está presente pues supone la participación de dos o más personas, tal es así que esta característica es la que diferencia a la norma jurídica de la moral.
  • Por otro lado, también aparece la heteronomía, que es la fuente de la norma jurídica por un lado y la persona sujeta a su cumplimiento, por el otro, o sea, la persona puede aceptar o no lo que dispone la norma y esto le es indiferente al derecho.
  • La coercibilidad, no puede faltar en este concepto de derecho y está presente cuando existe quien impone la fuerza y quien está obligado por ella. Tiene que llevar implícito la fuerza, para que se cumpla con la norma impuesta. Esta característica es la que diferencia a las normas jurídicas de las sociales.
  • La inviolabilidad, porque las normas pueden ser susceptibles de ser violadas, el derecho debe de cubrirse de inviolabilidad, hasta con el Estado mismo, esta es la razón de porqué ante el incumplimiento aparece una sanción.

Estas son las características principales que conforman al derecho.

No obstante, existen dos elementos que no pueden faltar y que complementan el concepto y alcance del derecho, estos son: Sistema y Justicia.

El derecho es un sistema de normas, pues estas no aparecen establecidas desordenadas ni arbitrariamente, todas están relacionadas y conectadas entre sí, siguiendo un orden jerárquico.

De esta manera cada una respeta su lugar, unas superiores a otras, organizadas escalonadamente.

A este sistema de normas es al que se le llama ordenamiento jurídico.

La justicia no puede faltar, ya que toda norma jurídica encontrará su efectividad en ella, como requisito indispensable y definitivo.

Fuentes del derecho

Teniendo en cuenta estos elementos podemos concluir que el derecho es el sistema de normas bilaterales, coercibles e inviolables que persiguen un fin justo.

Y este encuentra su basamento en las fuentes, que no son más que las situaciones o hechos de donde surgió el contenido del derecho en un momento determinado.

De esta manera, las fuentes son muy necesarias y hay que acudir a ellas para aplicar correctamente el derecho, ante una determinada situación y de ellas se deriva la creación, modificación o extinción de una norma jurídica.

El significado de la palabra fuente, vemos que proviene del latín  fons  que quiere decir inicio, origen de las cosas.

En el caso del derecho, las fuentes son ideas, fundamentos que ayudan a éste a lograr su propósito.

Las fuentes existen porque desde la antigüedad hasta la actualidad el concepto de justicia, ley y orden han tenido muchas variaciones.

En un comienzo por la moral y la religión y es de ello un ejemplo, La Biblia.

Las fuentes del derecho han sido clasificadas en;

  • Escritas
  • No escritas
  • Históricas
  • Reales o Materiales
  • Formales

Dentro de las no escrita aparecen la costumbre y las fuentes arqueológicas y las escritas son todos aquellos escritos que se conservan en archivos.

Las fuentes históricas son el conjunto de documentos, textos, libros, papiros antiguos que en su contenido son Leyes, tal es el caso del Código de Hammurabi, de la antigua Mesopotamia.

Mientras que las Reales o Materiales son los factores o instituciones políticos, económicos, sociales, religiosos, culturales, etc., que tienen incidencia en la creación de una ley. Un ejemplo de ello es el Tribunal Supremo, de un país.

Por su parte, las fuentes Formales son los documentos, textos y libros, donde formalmente se establecen las leyes y puedan estar vigentes o no. En ella se encuentra el proceso de elaboración y promulgación como tal.

Es aquí que aparece la costumbre, como práctica cotidiana de una acción, a la que se le confiere valor normativo, sin que sea derecho positivo.

La jurisprudencia, que son las interpretaciones que realizan los jueces de las normas jurídicas, en sus sentencias y crean un precedente.

La doctrina, que contiene el criterio de los estudiosos del derecho, juristas profesionales, profesores y científicos sobre determinado tema del derecho y aparece en libros, revistas, manuales, tesis, ensayos, etc.

También es fuente del derecho el acto jurídico, que es el acto privado reconocido y protegido por el orden jurídico.

Así como los principios generales del derecho que son enunciados normativos que no forman parte del ordenamiento jurídico, pero están presentes en el contenido de las leyes, por encima de las demás fuentes, a la que se puede acudir a falta de leyes y costumbres.

Por otra parte, también se considera fuentes del derecho la Constitución como ley entre las leyes, donde un Estado la elabora y la establece para regirlo.

Y los tratados internacionales que son el acuerdo por escrito entre Estados y tienen un carácter supranacional, que prevalece por encima de las leyes internas de un país.

Ramas del derecho

Por otra parte, el derecho desde épocas antiguas aparece dividido en dos categorías:

  1. Derecho público
  2. Derecho privado

Las ramas jurídicas, entre otras, son las siguientes:

En general las ramas del derecho son disímiles, tantas que prácticamente abarcan todas las relaciones humanas.

Por otro lado, existe otra división entre estas ramas del derecho, y se agrupan en el llamado Derecho Social.

Éste no es más que las normas que se establecen para proteger a un grupo de individuos en la sociedad y lograr con ello su convivencia con otras clases sociales.

Un ejemplo de ello es el Derecho Laboral o Sindical y el Derecho ecológico.

¿Cómo se aplica el derecho?

En tanto que el Derecho para que sea efectivo debe de ser correctamente aplicado, pues no basta con que una autoridad envestida con todo el poder dicte la norma y el individuo la cumpla.

Para lograr su alcance y sentido debe de ser aplicado. En este caso les corresponde a los jueces a través de su competencia y jurisdicción hacerlo.

De forma general la aplicación es aquello que alguien ejecuta con el propósito de luego usarla, también la acción con la que queremos lograr algún resultado o se hace valer en un caso concreto.

Así en el caso del derecho, es la acción por la cual cierta instancia (en particular un tribunal) determina los hechos que el derecho expone abstractamente en normas generales e individualiza las consecuencias ya previstas.

Obviamente y en primer lugar hay que realizar una interpretación de la norma que además de su sentido, permite determinar su alcance, para entonces adecuarla correctamente a una situación determinada.

Puede ser que la norma o el precepto no incluyan todos los elementos en su redacción y el juez lo extienda e incluya otras reglas y principios.

Así, en esta labor de aplicación intervienen los jueces, conjuntamente con juristas prácticos que hoy son los abogados y el estudio de la doctrina científica.

De esta manera la aplicación del derecho se convierte en el componente fundamental de la seguridad jurídica. Pero para ello es necesario que exista un ordenamiento jurídico, claro, coherente, completo, donde las situaciones de la sociedad concuerden con las situaciones jurídicas, o de lo contrario es imposible aplicarlo.

Por otra parte, la doctrina divide la aplicación de tres formas: La aplicación automática, cuando las personas respetan las normas espontáneamente y el Estado no tiene que acudir a la fuerza.

La aplicación burocrática, cuando la autoridad interviene, porque son casos complejos que necesitan de análisis profundos a la norma.

Y la aplicación particularizada, porque son casos únicos, donde se debe de interpretar o que existan derechos y valores.

De la misma forma en la doctrina podemos apreciar que el razonamiento para aplicar el derecho es silogístico, porque debe de existir la norma que se va a aplicar.

Y el hecho se concreta de manera abstracta, para luego ver si existe una norma específica prevista y que resuelva dicho caso.

Así se plantean tres etapas, premisa mayor, premisa menor y conclusiones. La premisa mayor, es la norma abstracta, general y obligatoria. La premisa menor, es el hecho jurídico previamente comprobado y calificado y la conclusión como un juicio individualizado.

De esta manera para realizar una correcta aplicación, ello presupone que se determine primero la norma a aplicar y si esta aparece es porque ya estaba prevista.

No obstante, no siempre es así y lo primero que hay que hacer es buscar la norma aplicable al hecho y se generaliza el hecho, se concibe de forma abstracta.

De otra manera el derecho es en esencia un elemento social, lo creó el propio hombre, desde que comenzó a vivir en comunidad, por lo que resulta muy necesario para comprender a la sociedad.

Por esta razón los expertos plantean que el hombre es un ser bio-spico-social y espiritual, pues en su formación, además de tejidos, músculos y células, aparece el conocimiento, el análisis, la creatividad, además de los valores, sentimientos, objetivos y metas, relacionados muy estrechamente con la sociedad.

Ya sea la familia, la escuela, porque el hombre necesita comunicarse y relacionarse con los demás, con tal dependencia que sin la sociedad, el hombre dejaría de existir.

Al mismo tiempo estas relaciones del ser humano están muy relacionadas con el Derecho, porque desde que éste nace, a través del derecho se protege su vida, sus bienes, su economía, todo hasta su muerte.

Importancia del derecho

El derecho es muy importante en la vida del hombre porque no basta que los hombres se agrupen, la vida es muy rica y necesariamente tiene que relacionarse.

Y es la garantía de la calidad de estas relaciones, a través de las normas, que implica su regulación, limitando sus facultades y autonomía, en aras de lograr la justicia, que es el fin ideal del derecho.

Así la importancia del derecho, está en su objetivo que no es más que ordenar y controlar el actuar de las sociedades que a falta de ésta actuarían desordenadamente y sería un caos.

De esta manera los individuos deben de respetar las leyes, por su propio bien y el de las personas que lo rodean.

Estudiosos de la ciencia del derecho plantean que, si “el derecho desaparece, la humanidad solo duraría el tiempo que necesitara para su destrucción”.

A través de este pensamiento vemos la gran importancia que tiene el derecho.

Porque impone normas, soluciona los litigios entre las personas, regula su convivencia, para que interactúe de forma pacífica y segura con los que lo rodean.

El derecho que es lo que debe de ser, lo que es correcto, trae consigo justicia, seguridad, paz y es el respeto a cumplir a cabalidad las leyes y así nos respetamos unos a otros.

Se ha creado coherentemente, limpio y sin contradicciones como una fuerte base para la seguridad de la humanidad.

Editorial

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