Desde el propio surgimiento del derecho, el Estado, como órgano rector del poder, ha visto la necesidad de establecer los mecanismos para organizar su ordenamiento jurídico y proteger sus legítimos intereses.
Ante tal necesidad aparece el Derecho Constitucional como cimentación para la estructura y buen funcionamiento de cualquier país o nación.
De hecho, en la medida en que se perfeccione, organice y progrese el Derecho Constitucional, de ello depende en gran medida la soberanía de cualquier país, su funcionamiento y la tranquilidad de sus ciudadanos.
¿Qué es el Derecho Constitucional?
El Derecho Constitucional se ubica dentro de las ramas que completan al derecho público y abarca los principios y leyes fundamentales de un país.
Esta rama del derecho es la encargada de regular los poderes públicos del Estado, los organiza, otorgándole jerárquicamente el lugar que les pertenece a cada uno y estableciendo las garantías a cada persona.
También establece la forma de restituir o exigir cuando uno de estos derechos ha sido quebrantado por el propio Estado y todo ello se logra a través de la Constitución.
En consecuencia no se puede hablar de Derecho Constitucional sin referirse a la Constitución, que no es más que el documento que refleja la voluntad del Estado, porque éste queda organizado en ella: su funcionamiento, sus poderes e incluso el límite del ejercicio de ese poder.
Al mismo tiempo garantiza el estricto cumplimiento de las garantías y derechos fundamentales de los ciudadanos.
Es así que todo aquello que viola o contradice lo estipulado en la Constitución, se considera nulo.
La constitución es conocida además como Carta Magna, Ley de Leyes o Carta Constitucional, por el lugar que ocupa dentro del ordenamiento jurídico de un país, siendo ella jerárquicamente la primera.
Todas las leyes que le siguen deben de reflejar lo que esta dispone y nunca contradecirla.
Teniendo en cuenta lo planteado con anterioridad, podemos concluir que el derecho constitucional es aquel conjunto de normas y/o disposiciones que regulan los órganos de un Estado y a través de las cuales se reconocen las garantías y derechos de los ciudadanos.
Uno de los conceptos más completos que aparece es el que define al Derecho Constitucional, como aquel que regula y establece la relación de los poderes del Estado, de estos entre sí y con los ciudadanos, teniendo como base la soberanía de un país y asegurando el bienestar de todos.
En consecuencia podemos concluir que es imposible hablar de derecho constitucional, sin tener en cuenta a la Constitución en sí.
Ambos forman parte de un continuo que solo logra su finalidad como proceso integrado, garantizando la protección del Estado de Derecho de los individuos en un país.
Tanto es así que existen países como España que cuentan con órganos como el Tribunal Constitucional o Salas constitucionales que se encargan de aplicar e interpretar las normas, garantías y principios constitucionales.
Por esta razón los Estados están en la obligación de divulgar lo que dispone la Constitución y los ciudadanos en el deber de conocer bien sus derechos y garantías constitucionales.
Fuentes del derecho Constitucional.
Cuando nos referimos a las fuentes del derecho constitucional, necesariamente hay que realizar una clasificación entre fuentes directas e indirectas, de acuerdo a las características de cada país.
Como fuentes directas del Derecho Constitucional, aparece en primer lugar las Constituciones, las leyes, los tratados internacionales y la costumbre.
Y como fuentes indirectas del Derecho Constitucional, es necesario consultar a la jurisprudencia, la doctrina y el derecho comparado.
Ramas del Derecho Constitucional.
Como rama del Derecho Constitucional aparece el Derecho Procesal Constitucional que como otras disciplinas procesales, dígase Derecho Procesal Civil y Derecho Procesal Penal, garantiza la supremacía de la Constitución y los derechos contenidos en ella.
En consecuencia a través del Derecho Procesal Constitucional, se controla la constitucionalidad, se resuelven las controversias previstas que pudieran surgir en materia constitucional y se aplican los procedimientos diseñados para impedir que cualquier precepto esté en contra de lo establecido en la Carta Magna.
Principios del derecho constitucional.
El Derecho Constitucional, como otras ramas del derecho abarca una serie de principios que constituyen requisitos indispensables para su existencia.
En este supuesto aparece con claridad el principio de supremacía o superlegalidad.
La supremacía tiene lugar ya que al derecho constitucional se subordina el resto del ordenamiento jurídico e indica un estado de superioridad ante cualquier norma jurídica en un país, considerando aquellas disposiciones que la contradigan como no válidas.
La superlegalidad aparece porque la constitución solo puede ser modificada por un poder constituido para ello y no por los poderes del gobierno, y de esta forma esto funciona como contrapartida.
La unidad, es otro de los principios, porque lo que dispone la Constitución no puede ser analizado de forma aislada, sino de manera integral, como un todo.
La eficacia integradora, tiene que ver con la unidad política en la estructura y composición de un Estado, de manera que todos los que lo conforman deben de perseguir el mismo objetivo.
Otro principio es el de referente social, que establece que el Juez constitucional, en su función de impartir justicia, debe de tener en cuenta la situación política, económica y social de su país.
La funcionalidad o también conocida como eficacia, se refiere a que la interpretación de la Constitución debe de estar dirigida a lograr una mayor efectividad en su funcionamiento, sin que ello perjudique su contenido.
El principio ideológico plantea que el Derecho Constitucional, en esencia es político, porque al establecer la estructura y funcionamiento de un gobierno, no es ideológicamente neutro.
La Inviolabilidad es otro principio muy importante, pues permite que la Constitución nunca pierda su fuerza o valor, incluso aún y cuando la nación esté amenazada por una situación de rebelión o golpe de estado.
De esta manera, aunque se establezca un gobierno contrario a lo que ella dispone, una vez que se consiga la calma y el pueblo esté en libertad, se restablece su cumplimiento y aquellos que quisieron atentar contra lo dispuesto en ella, serán sancionados.
La Rigidez es otro principio que no por ser el último resulta menos importante, ya que no permite que la constitución sea reformada o adicionada libremente y en consecuencia limita esta acción determinando de qué forma se realizará.
Por lo general se basa en la constitución de determinada parte de los órganos de poder o de todos, estableciendo una votación o no y considerando el consenso de los que participen en ella.
Características del derecho constitucional
El Derecho Constitucional se caracteriza en primer lugar por proteger el Estado de Derecho y el ordenamiento jurídico, cuidando de que sea cumplido a cabalidad lo estipulado en la Constitución o Carta Magna.
Resulta necesario referirnos al Estado de Derecho, porque este nace de los derechos del hombre, sobretodo en su afán histórico de siempre ser libre, de ahí, que para hacer efectivo es necesario la independencia del poder judicial y que la administración sea responsable de sus propios actos.
También aquí se pone de manifiesto el derecho del ciudadano a elegir abogado y un sistema policial que actúe con apego a la ley.
Por otra parte en el Estado de Derecho impera la ley, la división de los poderes del Estado, la legalidad en su administración y la divulgación y el reconocimiento, tanto nacional como internacional, de los derechos de los hombres.
Otra característica distintiva del derecho constitucional es la soberanía popular, porque es el pueblo el que tiene el derecho de elegir a sus gobernantes y determinar cómo serán sus leyes.
Por otra parte, limita la actuación del Estado, del legislador y limita a los poderes públicos y ejecutivos en determinada nación.
Y por último, la doctrina plantea que el derecho constitucional es el poder constituyente, ejercido por el pueblo.
Derecho constitucional. Ejemplos
El ejemplo por excelencia de Derecho Constitucional es la Constitución como tal de cada país y su forma de reflejar y garantizar los derechos inalienables y las garantías fundamentales.
Por ejemplo, el derecho a la vida, a la libertad, a un nombre. El derecho a la educación, a la salud, al deporte, a la recreación sana.
El derecho o libertad de expresión, de prensa libre, a la vivienda, al empleo, el derecho a la maternidad.
La estructura del Estado de gobierno no puede faltar en el texto de cualquier constitución, así como la forma en que se encuentran conformados los poderes legislativos, ejecutivos y judiciales y sus respectivas funciones.
Otro ejemplo es la reforma constitucional, que establece en qué condiciones podrá ser cambiado lo que en ella se establece.